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Carta de Nombramiento del Corredor de Seguros

06 marzo 2023

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Porque nombrar un corredor de seguros, para que sirve la carta de nombramiento para asignar un broker, ayuda en tramite de choques y siniestros

Si las principales empresas y entidades del país no contratan sus seguros directamente con las aseguradoras y utilizan en su inmensa mayoría los servicios de un corredor de seguros, ¿por qué no todas las personas cuentan con un broker que le brinde servicio de asesoría permanente y especializada en seguros ante cualquier consulta sobre su contrato o al tener un siniestro?

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) regula el accionar del mercado asegurador, por lo tanto a los corredores de seguros. Los corredores de seguros tenemos obligaciones ante los asegurados, nuestros clientes pueden ser personas o empresas que contratan sus seguros con cualquier aseguradora del mercado y que nos asignen como sus corredores con una carta de nombramiento.



La SBS determina que para asignar a un Corredor de Seguros solamente se requiere firmar una Carta de Nombramiento, con esta se autoriza al corredor a realizar tramites de representación ante la aseguradora (previo requerimiento o autorización del cliente), más no de disposición, así como requiere asesoría permanente e independiente. 

Nosotros no tenemos relación laboral con ninguna aseguradora, ni contratos de exclusividad. Nuestra única preocupación es velar por los intereses de nuestros asegurados.


Las aseguradoras lo indican en su publicidad:




Al nombrar un corredor de seguros ¿Pierdo alguna condición o cobertura de la póliza?

No, al contrario gana la posibilidad de recibir asesoría, evitarse los procesos de emisión y sobre todo los tediosos trámites al momento de  solicitar cobertura en caso de siniestros. Por el volumen de nuestras ventas podemos negociar con las aseguradoras mejoras y condiciones especiales, las cuales trasladamos a nuestros clientes.



Normalmente prefiere realizar los trámites personalmente. ¿Puede hacerlo teniendo un corredor de seguros asignado?

Por supuesto, el contar con un corredor de seguros no lo limita como asegurado. No es recomendable, pero puede realizar todos las coordinaciones con la aseguradora y cuando vea necesario asesoría independiente o que realicemos algún tramite sólo tiene que solicitarlo.



¿Los corredores de seguros sólo asesoran en la contratación de pólizas?

No, los corredores de seguros debemos asesorar a nuestros clientes al momento de contratar el seguro que mejor se acomode a sus necesidades y  continuamos con la labor de asesoría durante la vigencia de la póliza,  así como la asistencia en los trámites necesarios ante la aseguradora en caso de siniestro. Por esta razón indicamos y recomendamos que se comuniquen con nosotros antes de llamar a la aseguradora para reportar un siniestro (robo, choque, etc.) 

 

Según la SBS estos son ejemplos de las funciones del corredor de seguros :

  • Asesorar a los potenciales clientes sobre las coberturas más convenientes respecto del riesgo que desea asegurar.
  • Informar a los potenciales clientes sobre las condiciones del contrato, en especial sobre las coberturas básicas y adicionales, exclusiones, franquicias, deducibles, forma y plazos para el pago de la prima.
  • Comunicar de inmediato y por escrito a sus clientes sobre el rechazo o las modificaciones de cobertura del riesgo propuesto, que le hayan informado las empresas de seguros.
  • Entregar a sus clientes las pólizas contratadas dentro de los 10 días de recibidas de las aseguradoras, revisando previamente que éstas se encuentren conforme con lo solicitado.
  • Asesorar a sus clientes, durante toda la vigencia del contrato, sobre el contenido y condiciones de la póliza.
  • Entregar oportunamente a sus clientes la información que se les solicite sobre el contenido de la póliza y la cobertura contratada.
  • Asistir a sus clientes o beneficiario del seguro en caso de siniestro, gestionando la solicitud de cobertura ante la empresa de seguros y efectuando el seguimiento correspondiente.

 

Preguntas frecuentes respondidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP sobre los Corredores de Seguros:

http://www.sbs.gob.pe/usuarios/ informacion-de-seguros /corredores-de-seguros

También es recomendable verificar si la página web o corredor de seguros que está ofreciendo sus servicios está autorizado por el ente supervisor del sistema bancario y de seguros en el siguiente link:



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